Conste por el presente documento el Contrato de Prácticas Preprofesionales que celebran, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su reglamento, de una parte, R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C., con RUC N° 20601913691 y con domicilio legal en Cal. los Cipreses Mza. I Lote. 39-a Int. 3c Z.I. la Ensenada (3er Piso), Puente Piedra, Lima, debidamente representada por el Señor ANDRES AUGUSTO RUMAY CEVALLOS, identificado con Documento de Identidad N° 72721762, a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA; y de la otra parte VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA, identificado con Documento de Identidad N° 60439004, con domicilio en Los Olivos / Urb. Pro La Floresta Ca. SS Mz T2 S8, distrito de Lima, de nacionalidad peruana, estudiante de la carrera profesional de Farmacia y Bioquimica, a quien en adelante se le denominará EL PRACTICANTE; el mismo que se celebra en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: La Empresa requiere contar con el apoyo de una practicante de la carrera de Farmacia y Bioquimica, a fin de que complemente su formación académica a través de la experiencia práctica en el centro de labores.
SEGUNDO: El presente contrato tiene por objeto que EL PRACTICANTE desarrolle prácticas profesional en el área de Dirección Técnica de LA EMPRESA, con el fin de afianzar sus conocimientos, habilidades y aptitudes, en concordancia con su formación académica y de acuerdo con el Plan de Prácticas que se adjunta como Anexo 1.
ANEXO 1 – PLAN DE PRÁCTICAS:
TERCERO: La jornada de prácticas será de lunes a viernes y sábados, conforme al horario establecido, en el horario de L-V: 8:00 a.m. – 5:30 p.m. (Refrigerio: 1:00 – 2:00 p.m.) Sáb: 8:00 a.m. – 1:00 p.m..
CUARTO: Las prácticas preprofesionales tendrán una duración desde el 13/01/26 hasta el 13/04/26, pudiendo renovarse por mutuo acuerdo dentro de los límites establecidos por ley.
QUINTO: Por las prácticas que realice, EL PRACTICANTE percibirá una subvención económica mensual de S/ 1,130 ( MIL CIENTO TREINTA CON 00/100 SOLES ) que será abonada mensualmente.
Asimismo, tendrá derecho a:
– Seguro contra accidentes (FOLA, conforme a ley).
– Media subvención adicional en caso el periodo de prácticas sea igual o mayor a un semestre académico
SEXTO: De LA EMPRESA:
• Orientar, supervisar y evaluar las prácticas preprofesionales.
• Proporcionar los medios necesarios para el cumplimiento del Plan de Prácticas.
• Entregar a la culminación de las prácticas un certificado de prácticas.
SÉPTIMO: De EL PRACTICANTE:
• Cumplir con el Plan de Prácticas y las disposiciones internas de la Empresa.
• Mantener la debida confidencialidad respecto de la información a la que tenga acceso.
• Reportar avances y cumplir con las actividades encomendadas.
OCTAVO: Las partes declaran expresamente que el presente contrato no genera vínculo laboral alguno, dado que se enmarca dentro de la Ley N° 28518 sobre modalidades formativas.
NOVENO: El contrato podrá resolverse por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, con una anticipación mínima de 15 días hábiles, comunicada por escrito.
DÉCIMO: Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima para cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución del presente contrato.
En señal de conformidad, las partes firman el presente contrato en dos ejemplares de igual tenor y efecto, en la ciudad de Lima, el 13/01/26.

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R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.

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VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA
EL PRACTICANTE
Lima, 13/01/26
R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.
RUC 20601913691
Estimad(a) VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA con DNI 60439004
Nos complace extenderle la siguiente oferta para realizar prácticas preprofesionales en R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C., en el marco de la Ley N° 28518 – Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento, conforme a las condiciones previamente coordinadas.
Detalles de la oferta:
– Modalidad: Prácticas profesional
– Carrera profesional: Farmacia y Bioquimica
– Área de prácticas: Dirección Técnica
– Puesto / rol formativo: Practicante dirección técnica
– Fecha de inicio: 13/01/26
– Lugar de prácticas: Cal. los Cipreses Mza. I Lote. 39-a Int. 3b Z.I. la Ensenada (3er Piso), Puente Piedra, Lima
– Jornada: lunes a viernes y sábados, conforme al horario establecido
– Horario: L-V: 8:00 a.m. – 5:30 p.m. (Refrigerio: 1:00 – 2:00 p.m.) Sáb: 8:00 a.m. – 1:00 p.m.
– Subvención económica mensual: S/ 1,130 ( MIL CIENTO TREINTA CON 00/100 SOLES )
– Seguro contra accidentes: FOLA, conforme a ley.
– Media subvención adicional (cuando corresponda): Media subvención adicional en caso el periodo de prácticas sea igual o mayor a un semestre académico
– Duración: 3 meses
Para aceptar esta oferta, por favor revise y confirme su aceptación. Finalmente, suscriba el documento correspondiente.
Esperamos recibir su confirmación y darle la bienvenida.

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R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.

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VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA
EL PRACTICANTE
Conste por el presente documento el Acuerdo de Confidencialidad que celebran, de una parte, R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C., identificada con RUC N° 20601913691, con domicilio legal en Cal. los Cipreses Mza. I Lote. 39-a Int. 3c Z.I. la Ensenada (3er Piso), Puente Piedra, Lima, debidamente representada por el señor ANDRES AUGUSTO RUMAY CEVALLOS, identificado con DNI N° 72721762, a quien en adelante se denominará LA EMPRESA; y, de la otra parte, VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA, identificado(a) con DNI N° 60439004, con domicilio en la ciudad de Lima, a quien en adelante se denominará EL PRACTICANTE; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: ANTECEDENTES
Por el presente acuerdo, LA EMPRESA y EL PRACTICANTE mantienen una relación en el marco de prácticas preprofesionales conforme a la Ley N° 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento, a fin de que EL PRACTICANTE realice actividades formativas vinculadas al área correspondiente de LA EMPRESA, relacionadas con el puesto de Practicante dirección técnica.
En el desarrollo de sus prácticas, EL PRACTICANTE podrá tener acceso a información confidencial y sensible de LA EMPRESA, motivo por el cual se suscribe el presente Acuerdo de Confidencialidad.
SEGUNDA: DEFINICIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Se considera Información Confidencial toda aquella información técnica, financiera, comercial, contable, tributaria, operativa, administrativa, logística o de gestión a la que EL PRACTICANTE tenga acceso durante la vigencia de sus prácticas, de acuerdo con las actividades asignadas y el área en la que las realice (por ejemplo: contabilidad, finanzas, ventas, dirección técnica, operaciones, almacén, logística, mantenimiento u otras).
Dicha información comprende, sin limitarse a:
– Estados financieros, registros contables y reportes internos.
– Políticas contables, fiscales, de compras, de ventas o de control interno.
– Información de proveedores, clientes, precios, estrategias comerciales, cotizaciones, márgenes o procesos internos.
– Procedimientos técnicos, operativos o administrativos utilizados por la empresa.
– Información relacionada con productos, servicios, proyectos, licitaciones, manuales o bases de datos internas.
– Cualquier otra información que LA EMPRESA considere de carácter reservado o sensible, aun cuando no esté expresamente identificada como tal.
El acceso a esta información implica la obligación de mantener su confidencialidad y de no utilizarla fuera del ámbito estrictamente necesario para el desarrollo de las prácticas.
TERCERA: OBLIGACIONES DE CONFIDENCIALIDAD
EL PRACTICANTE se compromete expresamente a:
– Mantener absoluta confidencialidad respecto de toda la información a la que tenga acceso.
– No divulgar, reproducir ni comunicar, total o parcialmente, la información confidencial a terceros sin autorización escrita de LA EMPRESA.
– No utilizar la información confidencial para fines personales ni para beneficiar a terceros.
– Guardar y proteger la información de manera diligente, incluso después de concluidas las prácticas.
– No divulgar ningún acuerdo especial.
CUARTA: USO DE INFORMACIÓN Y PROHIBICIÓN DE APROVECHAMIENTO INDEBIDO
EL PRACTICANTE reconoce que durante sus prácticas en R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C. podrá conocer procesos internos, criterios operativos y documentación reservada de LA EMPRESA. En tal sentido, EL PRACTICANTE se obliga a no utilizar ni compartir Información Confidencial, ni documentos, bases de datos, listas de clientes/proveedores, precios, cotizaciones, procedimientos o cualquier material reservado de LA EMPRESA, en beneficio propio o de terceros, incluso luego de finalizadas las prácticas, salvo autorización escrita de LA EMPRESA.
QUINTA: VIGENCIA
El presente acuerdo tendrá vigencia durante toda la duración de las prácticas y por un período adicional de dos (2) años contados desde la fecha de culminación o terminación de las prácticas, cualquiera sea la causa.
SEXTA: PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda información, documentos, archivos físicos o digitales, software, bases de datos o cualquier material elaborado o generado por EL PRACTICANTE en el marco de sus prácticas será de exclusiva propiedad de LA EMPRESA, incluso después de finalizadas las prácticas.
SÉPTIMA: INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este acuerdo facultará a LA EMPRESA a dar por terminadas las prácticas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales civiles y/o penales que correspondan por los daños y perjuicios ocasionados.
OCTAVA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente acuerdo se rige por las leyes de la República del Perú, siendo competentes los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Lima para resolver cualquier controversia derivada de su interpretación o ejecución.
NOVENA: ACEPTACIÓN
Leído que fue el presente documento y encontrándolo conforme, ambas partes lo firman en señal de aceptación en dos ejemplares del mismo tenor y efecto, en la ciudad de Lima, el 13/01/26.

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R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.

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VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA
EL PRACTICANTE
Conste por el presente documento el acuerdo de entrega de boletas de subvención económica mensual mediante correo electrónico y descarga digital a través de la plataforma web y aplicación móvil Empresarial RH, que celebran, de una parte, R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C., identificada con R.U.C. N° 20601913691, con domicilio legal en Cal. los Cipreses Mza. I Lote. 39-a Int. 3c Z.I. la Ensenada (3er Piso), Puente Piedra, Lima, debidamente representada por su apoderado ANDRES AUGUSTO RUMAY CEVALLOS, identificado con D.N.I. N° 72721762, a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA; y, de la otra parte, VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA, identificada con D.N.I. N° 60439004, a quien en adelante se le denominará EL PRACTICANTE; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ENTREGA DIGITAL DE BOLETAS
LA EMPRESA pondrá a disposición de EL PRACTICANTE la boleta mensual correspondiente a la subvención económica de sus prácticas, a través de medios digitales, en cualquiera de las siguientes modalidades:
1. Envío por correo electrónico
LA EMPRESA, con la expresa aceptación de EL PRACTICANTE mediante la suscripción del presente acuerdo, remitirá la boleta a través del portal de RRHH al correo electrónico proporcionado por EL PRACTICANTE para tales fines.
Mediante la suscripción del presente documento, EL PRACTICANTE otorga su autorización expresa y voluntaria para la entrega electrónica de sus boletas.
2. Disponibilidad en plataforma digital
LA EMPRESA pone a disposición de EL PRACTICANTE la plataforma web Empresarial RH, a través de la cual podrá descargar sus boletas mensuales.
El acceso podrá realizarse desde el enlace web https://imglome.com/rrhh, mediante móvil o escritorio según se necesite.
LA EMPRESA enviará un instructivo al correo electrónico de EL PRACTICANTE con los pasos necesarios para el correcto acceso y descarga de sus boletas.
SEGUNDO: ACEPTACIÓN DEL USO DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
EL PRACTICANTE declara aceptar expresamente que la entrega, recepción y descarga de sus boletas mensuales mediante las modalidades descritas (correo electrónico y/o plataforma Empresarial RH) constituyen constancia válida de puesta a disposición y entrega del documento.
TERCERO: OPORTUNIDAD DE PUESTA A DISPOSICIÓN
EL PRACTICANTE reconoce y acepta que la boleta mensual será puesta a disposición mediante descarga desde la plataforma Empresarial RH conforme al cronograma interno de emisión y entrega de documentos de LA EMPRESA.
CUARTO: CONSTANCIA DE RECEPCIÓN
EL PRACTICANTE acepta que la confirmación automática de recepción del correo electrónico o el registro del acceso a la plataforma Empresarial RH constituyen constancia válida de entrega y recepción de la boleta.
QUINTO: CORREO ELECTRÓNICO DE NOTIFICACIÓN
EL PRACTICANTE consigna como dirección electrónica para notificaciones el siguiente correo:
1020922007@cientifica.edu.pe
Dicho correo se considera su buzón electrónico oficial para estos fines, surtiendo efecto toda comunicación o notificación que LA EMPRESA remita a dicha dirección desde el mismo día del envío.
EL PRACTICANTE asume responsabilidad por el uso, acceso y mantenimiento de su cuenta de correo, y se compromete a comunicar de inmediato a LA EMPRESA cualquier cambio o inconveniente que impida el acceso al mismo, proporcionando en su caso una nueva dirección electrónica válida.
SEXTO: CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
LA EMPRESA declara que las herramientas electrónicas empleadas buscan garantizar la integridad, autenticidad y confidencialidad de la información transmitida, adoptando medidas razonables de seguridad para el resguardo de los documentos.
Para constancia de conformidad y aceptación, las partes suscriben el presente documento en señal de acuerdo, en la ciudad de Lima, el 13/01/26.

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R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.

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VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA
EL PRACTICANTE