Conste por el presente documento la renovación del Contrato de Trabajo sujeto a modalidad por Inicio o Incremento de Actividad Empresarial, que celebran, al amparo de lo establecido en el artículo 57 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, de una parte, R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C., con Registro Único de Contribuyentes N.° 20601913691, con domicilio legal en Cal. los Cipreses Mza. I Lote. 39-a Int. 3c Z.I. la Ensenada (3er Piso), Puente Piedra, Lima, debidamente representada por ANDRES AUGUSTO RUMAY CEVALLOS, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 72721762, a quien en adelante se denominará EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA, identificado/a con Documento Nacional de Identidad N.° 60439004, a quien en adelante se denominará EL PRACTICANTE; bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: ANTECEDENTES
Con fecha 13 de enero de 2026, las partes suscribieron un Contrato de Trabajo sujeto a modalidad por Inicio o Incremento de Actividad Empresarial, mediante el cual EL EMPLEADOR contrató los servicios personales de EL PRACTICANTE para desempeñar el cargo de Practicante dirección técnica.
En dicho contrato se estableció que el vínculo laboral tendría vigencia inicial hasta el 13 de abril de 2026, manteniéndose las condiciones pactadas conforme al contrato original y sus documentos complementarios.
SEGUNDO: RENOVACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL
En atención a la continuidad de las actividades empresariales, la necesidad operativa de mantener el puesto contratado y el desempeño satisfactorio de EL PRACTICANTE, las partes acuerdan renovar el plazo del contrato de trabajo antes indicado.
Por medio del presente documento, las partes acuerdan que la renovación inicia el día 14 de abril de 2026 y tendrá una duración de 3 mes(es), por lo que su fecha de término será el 14 de julio de 2026.
TERCERO: REMUNERACIÓN
Las partes dejan constancia de que la remuneración mensual se mantiene sin variación durante el periodo de renovación, conforme a las condiciones económicas pactadas previamente.
Para efectos de claridad, durante el periodo renovado, la remuneración mensual aplicable será de S/ 1130 (mil ciento treinta y uno con 00/100), salvo que en la glosa anterior se establezca una precisión distinta o complementaria.
CUARTO: VIGENCIA DE LAS DEMÁS CONDICIONES
Las partes dejan expresa constancia de que todas las demás cláusulas, obligaciones, condiciones laborales, documentos complementarios, acuerdos de confidencialidad, políticas internas, reglas de prestación de servicios, entrega de boletas y demás compromisos suscritos con anterioridad mantienen plena vigencia, siempre que no hayan sido modificados expresamente mediante el presente documento.
La presente renovación únicamente modifica el plazo de vigencia del contrato y, de corresponder, la remuneración mensual indicada en la cláusula tercera, manteniéndose inalterables las demás condiciones del vínculo laboral.
QUINTO: ACEPTACIÓN
EL PRACTICANTE declara haber leído íntegramente el presente documento, comprender sus alcances y encontrarse conforme con las condiciones aquí establecidas, manifestando su aceptación libre y voluntaria.
En señal de conformidad, las partes suscriben la presente renovación en la ciudad de Lima, el 14 de abril de 2026.
VICTOR MANUEL MARROQUIN VEGA
DNI N.° 60439004
EL PRACTICANTE
ANDRES AUGUSTO RUMAY CEVALLOS
Gerente general
R. A. SUPPLY MEDICAL S.A.C.